Calculadora del interés legal del dinero

Una Calculadora de Intereses Legales imprescindible.

Calcula tanto el Interés Legal como el Interés Judicial (Interés Legal + 2%) del dinero desde el año 1940 hasta la fecha que necesites.

CALCULADORA INTERESES LEGALES Y JUDICIALES DEL DINERO.

Su funcionamiento es realmente muy sencillo.

Simplemente introduce el importe del cual necesitas calcular el interés, elige la fecha desde la cual comienza a contar el plazo, selecciona la fecha en la que necesitas calcular los intereses legales devengados y finalmente elige una de las dos modalidades de cálculo (Interés Legal o Interés Judicial).

Calculadora Interes Legal del Dinero
Calculadora del interés legal del dinero

Primera regulación del tipo de interés legal.

La primera vez que se tuvo noticia de una regulación para limitar el interés legal del dinero data del año 1750 A.C.

Fue en el código legal del rey babilonio Hammurabi, y vino motivada por el creciente número de personas esclavizadas por sus deudas, por lo que decidió establecer un limite para el “precio” del dinero.

Implantación del interés Legal en España.

En España, el interés legal del dinero, fue instarurado por primera vez en nuestro ordenamiento legal a través del Código Civil de 1889. En esta primera vez, se fijó en un 6%. Pocos meses más tarde se ajustó al 5% y se mantuvo constante hasta 1939 en un 4%.

Desde 1939 se mantuvo invariable durante casi 50 años, siendo en 1984 cuando mediante la Ley de Modificación del tipo de Interés Legal se estipuló que “el interés legal se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado”.

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¿Qué es el interés legal del dinero?

El interés legal del dinero es el tipo que se aplica cuando alguien debe una cantidad y no se ha pactado otro interés entre las partes. Lo recoge el artículo 1108 del Código Civil: si el deudor se retrasa en el pago y no hay tipo acordado, la indemnización consiste en el pago del interés legal.

Su valor lo fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Cuando no se aprueban presupuestos nuevos y se prorrogan los anteriores, el tipo vigente se mantiene sin cambios.

Interés legal del dinero vigente

El tipo actual es del 3,25 %. Se mantiene en ese valor desde 2023 por la prórroga sucesiva de los Presupuestos Generales del Estado de ese ejercicio.

A partir de ese tipo se derivan otros dos que conviene no confundir:

  • Interés de mora procesal: el interés legal más dos puntos, según el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se aplica a las cantidades reconocidas en sentencia desde que se dicta. Con el tipo actual, el 5,25 %.
  • Interés de demora tributario: el interés legal incrementado en un 25 %, según el artículo 26 de la Ley General Tributaria. Con el tipo actual, el 4,0625 %.

Tabla histórica del interés legal del dinero

Estos son los tipos que aplica la calculadora de esta página. Cuando un año tuvo dos tramos con tipos distintos, se indican por separado.

PeriodoInterés legal
1984 (hasta 28 de junio)4,00 %
1984 (desde 29 de junio)8,00 %
198511,00 %
198610,50 %
19879,50 %
19889,00 %
19899,00 %
1990 a 199310,00 %
1994 a 19969,00 %
19977,50 %
19985,50 %
1999 y 20004,25 %
20015,50 %
2002 y 20034,25 %
20043,75 %
2005 y 20064,00 %
20075,00 %
20085,50 %
2009 (primer semestre)5,50 %
2009 (segundo semestre)4,00 %
2010 a 20144,00 %
20153,50 %
2016 a 20223,00 %
2023 a 20263,25 %

Cómo se calculan los intereses legales

El cálculo se hace año por año, aplicando a cada periodo el tipo que estuvo vigente en él. No se usa el tipo actual para todo el plazo: una deuda de 2019 reclamada hoy acumula un 3 % en los años 2019 a 2022 y un 3,25 % a partir de 2023.

Para cada año se multiplica el capital por el tipo y se prorratea por los días transcurridos, teniendo en cuenta los años bisiestos. La calculadora de esta página hace ese desglose y permite descargar el resultado.

Los resultados son orientativos y no sustituyen al cálculo pericial ni al asesoramiento profesional.

Preguntas frecuentes sobre el interés legal del dinero

¿Cuál es el interés legal del dinero actual?

El tipo vigente es el 3,25 %. Se mantiene en ese valor desde 2023 porque los Presupuestos Generales del Estado se han venido prorrogando sin fijar un tipo nuevo.

¿Qué diferencia hay entre interés legal e interés judicial?

El interés judicial o de mora procesal es el interés legal más dos puntos porcentuales, conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se aplica a las cantidades reconocidas en una sentencia desde el momento en que se dicta. Con el tipo actual del 3,25 %, el interés judicial es del 5,25 %.

¿Quién fija el interés legal del dinero?

Lo fija anualmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Si no se aprueban presupuestos nuevos y se prorrogan los del ejercicio anterior, el tipo vigente se mantiene.

¿Se aplica el mismo tipo a todo el periodo reclamado?

No. El cálculo se hace año por año con el tipo que estuvo vigente en cada uno. Por eso una reclamación que abarque varios ejercicios combina tipos distintos.

¿El interés de demora tributario es el mismo?

No. El interés de demora tributario es el interés legal incrementado en un 25 %, según el artículo 26 de la Ley General Tributaria. Con el tipo actual del 3,25 %, equivale al 4,0625 %.

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