Tasas Judiciales para Personas Jurídicas
Debes tener una cuenta gratuita para ver este contenido.
Puedes registrarte aqui
Puedes registrarte aqui
El cálculo de las Tasas Judiciales únicamente corresponde a los procedimientos en los que intervienen Personas Jurídicas, las tasas judiciales para procedimientos en los que se intervienen Personas Físicas se anularon mediante el Real Decreto-Ley 1/2015.
Para evaluar el importe de las Tasas Judiciales elige el tipo de Procedimiento y el ámbito al que pertenece así como la cuantía Total del procedimiento.
(Para el cálculo de la Tasa no hace falta introducir decimales en la casilla de la Cuantía del Procedimiento.)